La Política de Participación Social en Salud se establece como la posibilidad de producir bienestar y la ejecución del derecho a la salud, con el fin de que las comunidades comprendan la salud como un bien público.
Es un proceso de intervención activa, responsable, coherente y propositiva, que realiza el individuo de manera particular o colectiva en la toma de decisiones que afecten su vida y/o la de la comunidad.
Resolución 2063
¿Cuál es su propósito?
Definir y desarrollar las directrices que le permitan a las figuras institucionales, poder garantizar el derecho a la PPSS y su continúo fortalecimiento.
La iniciativa legal resguarda principios básicos de atención en salud, disposiciones que se aplicarán tanto en el sector público como privado. Esta ley viene a fortalecer el eje principal de la salud pública en nuestro país: los usuarios.
El derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo. Comprende el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud. El Estado adoptará políticas para asegurar la igualdad de trato y oportunidades en el acceso a las actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para todas las personas. De conformidad con el artículo 49 de la Constitución Política, su prestación como servicio público esencial obligatorio, se ejecuta bajo la indelegable dirección, supervisión, organización, regulación, coordinación y control del Estado.
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